Por el cual se dictan disposiciones sobre auxilios a los colegios del Departamento de Caldas, de que trata el artículo 895, capitulo 68, del Presupuesto vigente
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales,
DECRETA:
Artículo 1° De acuerdo con el Decreto número 559 de 1940, comisionarse al Director de Educación del Departamento de Caldas para tjue haga el estudio correspondiente de las condiciones que deben ser cumplidas para el giro de los auxilios a los colegios de ese Departamento, y envíe al Ministerio de Educación Nacional el pénsum aceptado para que sea estudiado, y si es el caso, aprobado por dicho Ministerio, a fin de verificar los giros.
Comuníquese y publíquese.
Datlo en Bogotá a 29 de enero de 1941.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Educación Nacional,
Jorge Elíécer GA1TAN
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