por el cual se hace una distribución parcial de la partida apropiada como aporte para el funcionamiento de la Misión de Planeamiento Integral de la Educación

Rango Decreto
Publicación 1965-02-24
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. De la partida apropiada en el Capítulo701, articulo 7035 del Presupuesto Nacional vigente, como aporte para el funcionamiento de la Misión de Planeamiento Integral de la Educación, hácese la siguiente distribución parcial:

CAPITULO 701

Administración y Dirección

Programa I

Dirección de la Educación

Subprograma 3. Consejos Nacionales de Educación, de Investigación, de Cooperación Educativa, de Monumentos, y Comisión Nacional de la Unesco

Transferencias

Artículo .7035. Aporte para el funcionamiento de la Misión de Planeamiento Integral de la Educación

Para remuneración por servicios técnicos $168.000
Para Prima de Navidad 6.500
Para viáticos y gastos de viaje 40.000
Para compara de equipo 53.000
Para impresos y publicaciones 32.000
Para materiales y suministros 15.000
Para mantenimiento y aseguros 35.000
Total $349.500

Comuniquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E; a 2 de febrero de 1965.

GUILLERMO LEON VALENCIA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público. Diego Calle Restrepo. El Ministro de Educación Nacional, Pedro Gómez Valderrama.

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