Por el cual se modifica el Decreto número 272 del 2 de febrero de 1959
El Presidente de la República de Colombia,
CONSIDERANDO:
Que el Presupuesto Nacional vigente, Capítulo 390, artículo 4209, ordinal 26, y el Decreto de distribución número 272, del 2 de febrero del año en curso, otorgan una partida de $24.500.00 para el sostenimiento en 10 meses de 35 becas de internos en la Escuela Vocacional Agrícola de Alto Jordán (Santander), dependiente de la División de Educación Campesina del Ministerio de Educación Nacional.
Que por inconvenientes técnicos y deficientes en las construcciones la Escuela no pudo abrirse el 1° de febrero;
Que la Gobernación de Santander está actualmente efectuando las indispensables reparaciones y construcciones locativas, las que van a durar aproximadamente cinco meses;
Que, sin embargo, a partir del 1° de abril la Escuela pudo abrir un curso para seminternos, el cual funcionará hasta el fin de año lectivo,
Artículo primero. La partida de $24.500.00 distribuída en el artículo 1° del Decreto número 272, del 2 de febrero de 1959, Capítulo 390, artículo 4209, ordinal 26, para atender al pago de 35 alumnos becados internos, a $70.00 cada uno, de la Escuela Vocacional Agrícola del Alto Jordán (Santander), destínase al restaurante escolar de los mismos, así:
| Mensual | Total | ||
|---|---|---|---|
| Para 49 alumnos seminternos, a razón de $50.00 mensuales cada uno, en los meses de abril a noviembre | $ | 2.450.00 | 19.600.00 |
Artículo segundo. Queda en los términos anteriores modificado el artículo 1° del Decreto número 272, de 2 de febrero de 1959.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 20 de mayo de 1959.
ALBERTO LLERAS.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Hernando Agudelo Villa.
El Ministro de Educación Nacional,
Abel Naranjo Villegas.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.