Por el cual se establece la planta de personal de la Dirección General de Tesorería del Ministerio de Hacienda y Crédito Público
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales y en especial de las que le confieren el numeral 21 del artículo 120 de la Constitución Política y el artículo 75 del Decreto-ley 1042 de 1978,
DECRETA:
Artículo 1°. Las funciones propias de la Dirección General de Tesorería del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, serán cumplidas por la planta de personal que a continuación se establece:
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