Por el cual se modifica la categoría de un Consulado, se suprime y se crea un cargo en el Servicio Exterior de la República
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confieren los numerales 20 y 21 del artículo 120 de la Constitución Política,
DECRETA:
Artículo 1º A partir del 1º de agosto de 1989, modifícase la categoría del Consulado de Colombia en Iquitos-Perú de Consulado General a Consulado de Segunda Clase.
Artículo 2º A partir del 1º de agosto de 1989, suprímese en el Consulado de Colombia en Iquitos Perú un (1) cargo de Cónsul General, Grado Ocupacional 4 EX, con una asignación básica mensual de dos mil setecientos ochenta y un dólar con 04/100 (US$ 2.781.04), actualmente ocupado por el doctor Héctor Cáceres Flórez, quien pasa a la Planta Interna del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Artículo 3º A partir del 1º de agosto de 1989, créase en el Consulado de Colombia en Iquitos Perú, un (1) cargo de Cónsul de Segunda Clase, Grado Ocupacional 2 EX, con una asignación básica mensual de un mil novecientos quince dólares con 34/100 (US$ 1.915.34).
Artículo 4º Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente Decreto se pagarán con cargo al presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Artículo 5º Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 4 de julio de 1989.
VIRGILIO BARCO
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Julio Londoño Paredes.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Luis Fernando Alarcón Mantilla.
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