Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente (Ministerio de Relaciones Exteriores)

Rango Decreto
Publicación 1944-06-21
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO

que el Consejo de Ministros en su sesión del día 16 de junio del corriente año, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados dentro de las apropiaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, según consta en el acta respectiva,

DECRETA :

Artículo 1° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente :

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Capítulo 20.
Del artículo 181. Para sueldos del personal diplomático, en el año $ 30.000.00
Capítulo 20
Al artículo 185. Para viáticos del personal diplomático, en el año $ 30.000.00
Artículo 2° El presente Decreto rige desde su fecha. Artículo 2° El presente Decreto rige desde su fecha.
--- ---

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 16 de junio de 1944.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Relaciones Exteriores,

Carlos LOZANO Y LOZANO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Gonzalo RESTREPO

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.