Por el cual se aprueba un Acuerdo del Comité Nacional de Cafeteros

Rango Decreto
Publicación 1981-11-03
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1º Apruébese el Acuerdo número 6 del 7 de mayo de 1981, del Comité Nacional de Cafeteros, cuyo texto dice lo siguiente:

ACUERDO NUMERO 6 DE 1981

(mayo 7)

El Comité Nacional de Cafeteros, en uso de sus atribuciones, y

CONSIDERANDO:

ACUERDA:

Artículo primero. Autorizar a la Federación Nacional de Cafeteros para que, con recursos tomados del Fondo Nacional del Café, Presupuesto de Inversiones de la Vigencia de 1980, suscriba y pague la suma de $ 3:000.000 en acciones de Bosques lndustriales de Santander S. A. -BOINSA-, en sustitución de la suscripción y pago que por igual valor se había autorizado, mediante Acuerdo número 7 de noviembre 20 de 1980, en la Corporación Forestal de Santander S. A.

Artículo segundo. Someter el presente Acuerdo, por conducto del señor Ministro de Hacienda y Crédito Público, a la aprobación del señor Presidente de la República.

Aprobado en Bogotá D. E., a los (7) días del mes de mayo de mil novecientos ochenta y uno (1981).

El Presidente,

(Fdo.) Carlos Ospina Delgado

El Secretario,

(Fdo.) José Fernando Jaramillo H.

Artículo 2º Este Decreto rige desde su expedición.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, a 5 de junio de 1981.

JULIO CESAR TURBAY AYALA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Eduardo Wiesner Durán.

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