Por el cual se crea una oficina y se suprimen varios empleos en el ramo postal y telegráfico
El Presidente de la Republica de Colombia,
En uso de sus facultades legales,
decreta:
Artículo 1.° Créase la Oficina postal y telegráfica de Alto de Palomino (Departamento del Magdalena).
Artículo 2.° Suprímese la plaza de Ayudante de la Oficina postal y telegráfica de San Juan de Rioseco, las dos de la Oficina de Venadillo y una en cada una de las de Abejorral y La Ceja.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Madrid (Serrezuela), á 30 de Noviembre de 1906.
R. REYES
El Subsecretario de Gobierno encargado del Despacho,
luciano HERRERA
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