Por el cual se dictan unas disposiciones sobre personal del Ministerio de Correos y Telégrafos
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales,
decreta:
Artículo primero. Trasládase de la nómina del Departamento de Correos a la nómina de la Administración de Correos de Ibagué, el siguiente cargo:
| Mensajero de Correos | $60.00 |
|---|---|
Artículo segundo. Cámbiase la denominación del Telegrafista de Carmen (Bolívar), por "Telegrafista Administrador."
Dicho empleado no necesita nuevo nombramiento ni posesión.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 18 de julio de 1940.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Carlos Lleras RESTREPO
El Ministro de Correos y Telégrafos,
Alfredo Cadena D'COSTA
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