Por el cual se hacen unas modificaciones en el personal de los ramos de Correos y Telégrafos del Ministerio de Correos y Telégrafos
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1° Hácense las siguientes modificaciones en el personal del ramo de Correos del Ministerio de Correos y Telégrafos:
Supresiones:
| Se suprime una plaza de Auxiliar Tercero de la Administración de Correos en Pereira, que venía siendo desempeñada por Graciela Bejarano viuda de Lara, con asignación mensual de $ | 50.00 |
|---|---|
| Creaciones: | |
| Se crean dos plazas de Calderos para la Administración de Correos en Pereira, con asignación mensual de $ 25.00 cada uno | 50.00 |
y se nombra para desempeñarlas, a Carlos López Gómez y Arcesio Duque.
Parágrafo. El gasto que demande el presente artículo continuará imputándose al capítulo 74, articulo 1140 del Presupuesto de la actual vigencia.
Artículo 2° Hácese la siguiente modificación en el personal del ramo de Telégrafos del Ministerio de Correos y Telégrafos:
Creación:
Se crea una plaza de Cartero para la Oficina Telegráfica en Ocaña, con asignación mensual de $ 25.00
Parágrafo. El gasto que demande el presente artículo se imputará al capítulo 76, artículo 1162 del Presupuesto de la actual vigencia.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 19 de junio de 1942.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
CarlosLLERAS RESTREPO
El Ministro de Correos y Telégrafos,
LuisBUEN AHORA
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