Por el cual se crea un cargo.-Ministerio de Obras Públicas
El Designado, encargado de la Presidencia de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confiere el artículo 45 del Decreto número 289 de 1950,
DECRETA:
Artículo 1°. Dependiente de la Sección de Conservación de Carreteras del Ministerio de Obras Públicas, créase el cargo de Inspector de Equipos y Talleres de las Zonas de Carreteras Nacionales, con una asignación mensual de $ 700.00, la cual se pagará con cargo al Capítulo 116, articulo 1839, ordinal 21) del Presupuesto de Gastos para la presente vigencia.
Artículo 2°. Para desempeñar el anterior cargo, nómbrase al señor Alfredo Correa M., quien tendrá derecho a viáticos a razón de $ 20.00 diarios y a gastos de transporte.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá a 5 de junio de 1953.
ROBERTO URDANETA ARBELAEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Antonio Alvarez Restrepo
El Ministro de Obras Públicas,
Jorge Leyva
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