Por el cual se hace la distribución de partidas globales incluídas en el Presupuesto Nacional vigente, Ministerio de Educación Nacional, para gastos de funcionamiento de establecimientos dependientes

Rango Decreto
Publicación 1967-02-17
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere la Ley 77 de 1966 y el Decreto número 3079 de 1966,

DECRETA:

Artículo primero. La partida apropiada para gastos de funcionamiento del Teatro Colón en el Capítulo 703, artículo 7267 del Presupuesto Nacional vigente, se distribuye así:

CAPITULO 703

Programa 467

Financiamiento de establecimientos dependientes.

Artículo 7267. Teatro Colón.

Servicios personales

a) Sueldos del personal de nómina $ 340.000.00
b) Jornales 165.300.00
c) Prima de Navidad 39.540.00
Gastos Generales
d) Mantenimiento y asegures 100.000.00
e) Materiales y suministros 40.000.00
f) Compra de equipo 109.630.00
g) Viáticos y gastos de viaje 10.000.00
h) Servicios públicos 60.000.00
i) Impresos y publicaciones 3.000.00
Transferencias
j) Subvención a compañías teatrales 20.000.00
Total $ 887.560.00
Artículo segundo. La partida apropiada para gastos de funcionamiento de la Escuela de Arte Dramático en el Capítulo 703, artículo 7268 del Presupuesto Nacional vigente, se distribuye así:

CAPITULO 703

Programa 467

F5nanciajniento de establecimientos dependientes.

Artículo 1268. Escuela de Arte Dramático.

Servicios personales

a) Sueldos del personal de nómina $ 49.680.00
b) Honorarios a profesores por horas y conferencias 10.000.00
c) Prima de Navidad 4.140.00
d) Subsidio de transporte 360.00

Gastos Generales

e) Mantenimiento y aseguros 2.000.80
f) Compra de equipo 6.000.00
g) Servicios de comunicaciones 500.00
h) Materiales y suministros 2.500.00
i) Servicios públicos 2.504.00
j) Impresos y publicaciones 8.000.00
k) Compra de materiales para vestuario, decorados, maquillaje, alquiler de utilería, etc., para el montaje de obras de teatro 13.000.00
Total $ 98.684.00
Artículo tercero. La partida apropiada para gastos de funcionamiento del Museo de Arte Colonial, en el Capítulo 703, artículo 7271 del Presupuesto Nacional vigente, se distribuye así:

CAPITULO 703

Programa 467

Financiamiento de establecimientos dependientes

Artículo 7271. Museo de Arte Colonial.

Servicios personales

a) Sueldos del personal de nómina $ 271.920.00
b) Prima de Navidad 22.660.00
c) Subsidio de transporte 6.120.00

Gastos Generales

d) Mantenimiento y aseguros 7.600.00
e) Compra de equipo 15.000.00
f) Servicio de comunicaciones 500.00
g) Materiales y suministros 8.525.00
h) Servicios públicos 13.525.00
i) Impresos y publicaciones 5.000.00
j) Gastos varios e imprevistos 700.00
Total 350.950.00
--- ---
Artículo cuarto. La partida apropiada para gastos de funcionamiento del Museo "Jorge Eliécer Gaitán", en el Capítulo 703, artículo 7272 del Presupuesto Nacional vigente, se distribuye así:

CAPITULO 703

Programa 467

Financiamiento de establecimientos dependientes Artículo 7272.

Museo "Jorge Eliécer Gaitán".

Servicios personales

a) Sueldos del personal de nómina $ 53.520.00
b) Jornales 600.00
c) Prima de Navidad 4.400.00
d) Subsidio de transporte 1.440.00

Gastos Generales

e) Mantenimiento y aseguros 10.000.00
f) Materiales y suministros 13.000.00
g) Servicios públicos 6.380.00
h) Servicios de comunicaciones 300.00
Total $ 89.700.00
Artículo quinto. La partida apropiada para gastos de funcionamiento de la Orquesta Sinfónica de Colombia, en el Capítulo 703, artículo 7273 del Presupuesto Nacional vigente, se distribuye así:

CAPITULO 703

Programa 467

Financiamiento de establecimientos dependientes Artículo 7273.

Orquesta Sinfónica de Colombia.

Servicios personales

a) Sueldos del personal de nómina 2.500.000.00
Artículo sexto. La partida apropiada para gastos de funcionamiento del Instituto Colombiano de Antropología en el Capítulo 703, artículo 7274 del Presupuesto Nacional vigente, se distribuye así:

CAPITULO 703

Programa 467

Financiamiento de establecimientos dependientes

Artículo 7274.

Instituto Colombiano de Antropología.

Servicios personales

a) Sueldos del personal de nómina $ 587.760.00
b) Prima de Navidad 48.960.00
c) Subsidio de transporte 5.040.00
d) Para pago de dominicales y feriados de los celadores del Museo 2.000.00

Gastos Generales

e) Materiales y suministros 7.000.00
f) Compra de equipo 1.000.00
g) Viáticos y gastos de viaje 20.000.00
h) Servicios de comunicaciones 5.000.00
i) Servicios públicos 5.000.00
j) Mantenimiento y aseguros 1.000.00
k) Impresos y publicaciones 23.002.00
l) Gastos varios e imprevistos 1218.00
m) Para sostenimiento y conservación (excavaciones, pagos de jornales, Prima. de Navidad, viáticos, adquisición de materiales de construcción, equipo mecánico y de transporte, publicaciones, informes monográficos, guías y demás gastos similares e imprevistos) de los Parques Arqueológicos Nacionales de San Agustín, San José de Isnos, Aguabonita (Huila), y Tierradentro (San Andrés), Inzá (Cauca) $ 100.000.00
n) Para gastos de conservación y restauración del Museo Arqueológico y Etnográfico del Instituto Colombiano de Antropología y adquisición de colecciones arqueológicas, etnográficas y folclóricas 8.000.00
ñ) Para sostenimiento y conservación (excavaciones, pago de jornales, Prima de Navidad, viáticos, adquisición de materiales de construcción, equipo mecánico e imprevistos) del Parque Arqueológico Nacional del Cercado de los Zipas de Facatativá (Cundinamarca) 25.000.00
Total $ 850.000.00
Artículo séptimo. La partida apropiada para gastos de funcionamiento de la Biblioteca Nacional y Archivo, en el Capítulo 703, artículo 7278 del Presupuesto Nacional vigente, te distribuye así:

CAPITULO 703

Programa 467

Financiamiento de establecimientos dependientes Artículo 7278.

Biblioteca Nacional y Archivo.

Servicios personales

a) Sueldos del personal de nómina $ 1.553.400.00
b) Subsidio de transporte 34.200.00

Gastos Generales

c) Mantenimiento y aseguras 11.800.00
d) Compra de equipo 1.500.00
e) Viáticos y gastos de viaje 1.000.00
i) Servicio de comunicaciones 3.000.00
g) Materiales y suministros 10.000.00
h) Servicios públicos 9.000.00
i) Impresos y publicaciones 1.700.00
j) Gastos varios e imprevistos 3.200.00
Total $ 1.643.800.00
Artículo octavo. La partida apropiada para gastos de funcionamiento del Instituto Electrónico de Idiomas, en el Capitulo 703, artículo 7279 del Presupuesto Nacional vigente, se distribuye así:

CAPITULO 703

Programa 467

Financiamiento de establecimientos dependientes Artículo 7279.

Instituto Electrónico de Idiomas.

Servicios personales

a) Sueldos del personal de nómina $ 1.000.000.00
b) Prima de Navidad 83.334.00
c) Subsidio de transporte 7.200.00
d) Indemnización por vacaciones 4.000.00

Gastos Generales

e) Servicio de comunicaciones 1.200.00
f) Servicios públicos 12.600.00
g) Materiales y suministros 21.475.00
h) Compra de equipo 62.275.00
i) Mantenimiento y aseguras 36.000.00
j) Impresos y publicaciones 22.000.00
k) Gastos varios e imprevistos 2.500.00
Total $ 1.262.584.00
Artículo noveno. La partida apropiada para gastos de funcionamiento de la Junta Central de Contadores, en el Capítulo 703, artículo 7280 del Presupuesto Nacional vigente, se distribuye así:

CAPITULO 703

Programa 467

Financiamiento de establecimientos dependientes Artículo 7280.

Junta Central de Contadores.

Servicios personales

a) Sueldos del personal de nómina $ 110.000.00
b) Honorarios 5.000.00
c) Prima de Navidad 9 167.00
d) Subsidio de transporte 1.100.00

Gastos Generales

e) Viáticos y gastos de viaje 5.633.00
f) Servicio de comunicaciones 2.000.00
g) Servicios públicos 1.000.00
h) Materiales y suministros 3.100.00
i) Impresos y publicaciones 5.000.00
j) Arrendamientos 8.000.00
Total $ 150.000.00
Artículo décimo. La partida apropiada para gastos de funcionamiento de la Banda Nacional de Músicos de Bogotá, en el Capítulo 703, artículo 7281 del Presupueste Nacional vigente, se distribuye así:

CAPITULO 703

Programa 467

Financiamiento de establecimientos dependientes Artículo 7281.

Banda Nacional de Músicos de Bogotá.

Servicios personales

a) Sueldos del personal de nómina $ 1.614.240.00
b) Subsidio de transporte 1.080.00

Gastos Generales

c) Mantenimiento y aseguros 24.780.00
d) Compra de equipo 20.000.00
e) Viáticos y gastos de viaje 5.000.00
f) Servicio de comunicaciones 2.000.00
g) Materiales y suministros 20.000.00
h) Servicios públicos 7.500.00
i) Impresos y publicaciones 2.000.00
j) Gastos varios e imprevistos 3.400.00
Total $ 1.700.000.00

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 30 de enero de 1967.

CARLOS LLERAS RESTREPO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Abdón Espinosa Valderrama.

El Ministro de Educación Nacional,

Gabriel Betancur Mejía.

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