Por el cual se adiciona el Presupuesto Nacional de gastos de la actual vigencia económica

Rango Decreto
Publicación 1922-10-16
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DEL TESORO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de sus facultades legales, y

teniendo en cuenta

que la Ley 49 del año en curso dispone en su artículo 4° lo siguiente:

"Destínase la suma de tres mil pesos para auxiliar a los estudiantes de los distintos establecimientos de educación que hayan sido invitados al Congreso de Estudiantes de Medellín, y al Delegado o Delegados de la Asamblea de Estudiantes al mismo Congreso. Esta partida se considerará incluida en el Presupuesto de la vigencia actual."

Decreta:

Artículo 1° Adiciónase la liquidación general del Presupuesto Nacional de gastos para el año fiscal de 1° de enero a 31 de diciembre de 1922, con la cantidad de tres mil pesos ($ 3.000), que llevará las imputaciones que en seguida se indican:

MINISTERIO DE INSTRUCCIÓN PUBLICA

CAPITULO 58

Gastos varios.

Artículo 538-A. Para dar cumplimiento al artículo 4°de la Ley 49 de 1922, que destina una suma para auxiliar a los estudiantes que concurran al congreso de Estudiantes de Medellín $ 3,000
Total $ 3,000
Artículo 2° La Dirección General de la Contabilidad Nacional, la Oficina Central de Ordenación, la de Reconocimientos del Ministerio de Instrucción Pública y las pagadoras respectivas, describirán en sus libros los asientos a que da lugar el presente Decreto.

Publíquese.

Dado en Bogotá a 9 de octubre de 1922.

PEDRO NEL OSPINA-El Ministro del Tesoro, Gabriel POSADA.

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