Por el cual se distribuye una partida
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. De la partida apropiada en el Capítulo 3103, Programa I, artículo 31031 proyecto 28). "Conservación, Adiciones y Mejoras de los Pavimentos de Carreteras Nacionales (Sueldos y Gastos), hácese la siguiente distribución:
Capítulo 3103. Programa I.
Artículo 31031. Proyecto 28.
| Ordinal l6). Carretera Túquerres-Ipiales-Las Lajas | $ | 200.000.00 |
|---|---|---|
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá. D. E., a 28 de junio de 1961.
ALBERTO LLERAS
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Hernando Agudelo Villa; El Ministro de Obras Públicas, Misael Pastrana Borrero.
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