Por el cual se aprueba el Acuerdo número 016 de 1984, expedido por el Consejo Superior sobre modificación de la Estructura Orgánica de la Universidad Tecnológica de los Llanos Orientales y se determinan las funciones de las dependencias
El Presidente de la República de Colombia en uso de sus facultades constitucionales y legales,
DECRETA:
Artículo primero. Apruébase la modificación de la Estructura Orgánica de la Universidad Tecnológica de los Llanos Orientales y la determinación de funciones de las dependencias, expedida por el Consejo Superior, mediante Acuerdo número 016 de 1984, cuyo texto es el siguiente:
«ACUERDO NUMERO 016 DE 1984
(abril 12)
por el cual se modifica la Estructura Orgánica de la, Universidad Tecnológica de los Llanos Orientales y se determinan las funciones de las dependencias.
El Consejo Superior de la Universidad Tecnológica de los Llanos Orientales, en uso de sus atribuciones legales y estatutarias que le confiere el Decreto extraordinario número 80 de 1980,
ACUERDA:
CAPITULO I
De la Estructura Orgánica
Artículo 1º. Establécese para la Universidad Tecnológica de los Llanos Orientales, la siguiente Estructura Orgánica:
-
- Consejo Superior.
-
- Rectoría.
-
- 1 Oficina de Planeación.
2.2 Secretaría General
-
- Consejo Académico.
-
- Vice-Rectoría Académica.
4.1 Facultad de Ingeniería Agronómica.
4.1.1 Consejo de FacuItad.
4.1.2 Departamento de Desarrollo Rural.
4.1.3 Departamento de Fitotecnia.
4.1.4 Departamento de Ingeniería Agrícola.
4.2 Facultad de Ciencias de la Educación.
4.2.1 Consejo de Facultad.
4.2.2 Departamento de Sicopedagogía.
4.2.3 Departamento de Matemáticas y Física.
4.2.4 Departamento de Ciencias Agropecuarias.
4,2.5 Departamento de Educación Física y Deportes.
4.3 Facultad de Enfermería.
4.3.1 Consejo de Facultad.
4.3.2 Departamento de Salud Comunitaria.
4.3.3 Departamento de Administración, Educación, Investigación.
4.4 Facultad de Medicina Veterinaria y Zootecnia.
4.4.1 Consejo de Facultad.
4.4.2 Departamento de Producción Animal.
4.4.3 Departamento de Sanidad Animal.
4.5 Instituto de Investigaciones de lo Orinoquia Colombiana.
4.6 Departamento de Educación Abierta y a Distancia.
4.7 Sección de Biblioteca.
4.8 Sección de Ayudas Educativas.
4.9 Sección de Admisiones, Registro, y Control Académico.
4.10 Sección de Granjas.
-
- Dirección Administrativa.
5.1-Sección de Contabilidad y Presupuesto.
5.2 Sección de Tesorería.
5.3 Sección de Personal.
5.4 Sección de Bienestar Social.
5.5 Sección de Almacén.
5.6 Sección de Servicios Generales.
-
- Órganos de Asesoría y Coordinación.
6.1 Junta de Licitaciones y Contratos.
6.2 Comité de Personal Docente.
6.3 Comisión de Personal.
6.4 Comité de Investigaciones.
6.5 Comité de Educación Abierta y a Distancia.
CAPITULO II
De las funciones.
Artículo 2º El Consejo Superior, la Rectoría, el Consejo Académico y los Consejos de Facultad, cumplirán las funciones señaladas en el Decreto 455 de 1981, aprobatorio del Estatuto General de la Universidad y demás disposiciones legales vigentes.
Artículo 3º. **De la Oficina de Planeación**. Son funciones de esta dependencia:
- a) Asesorar a las Directivas de la Universidad en la formulación de políticas y planes a desarrollar en las diferentes áreas, y elaborar los programas y proyectos correspondientes en coordinación con las demás dependencias;
- b) Evaluar el desarrollo de los planes, programas y proyectos aprobados por el Consejo Superior y el Rector, y presentar los informes correspondientes;
- c) Adelantar estudios técnicas en los diferentes campos que atañen a la Universidad y comunicar los resultados al Rector;
- d) Preparar el proyecto de presupuesto anual, de acuerdo con los planes y programas adoptados, en coordinación con Ya Dirección Administrativa y demás dependencias de la Universidad;
- e) Estudiar y proponer sistemas organizacionales, métodos de trabajo y procedimientos administrativos que agilicen y hagan más racional el desarrollo de las funciones de la institución;
- f) Recomendar las técnicas o criterios convenientes para la distribución y aprovechamiento de la planta física de la Universidad;
- g) Recopilar información y preparar las estadísticas sobre los aspectos académicos, estudiantiles, administrativos y financieros relacionados con la institución;
- h) Las demás que le sean asignadas y estén acordes con la naturaleza de la dependencia.
Artículo 4º. **De la Secretaría General**. La Secretaría General, cumplirá las funciones previstas en el Estatuto General de la Universidad, aprobado mediante Decreto 455 de 1981 y demás disposiciones legales vigentes, deberá cumplir además con las siguientes funciones:
- a) Coordinar y supervisar las funciones relacionadas con el archivo y correspondencia general de la Universidad;
- b) Asesorar a la Universidad en asuntos legales, en especial en aquellos de carácter laboral y contractual;
- c) Proyectar el texto de las resoluciones y demás actos administrativos que por su naturaleza y complejitud, requieran de conocimientos especializados en materia jurídica;
- d) Codificar las normas legales relacionadas con la Universidad y mantenerlas actualizadas.
Artículo 5º. **De la Vice-Rectoría Académica**. Son funciones de la Vice-Rectoría Académica:
- a) Proponer las políticas, planes, y programas que requiera la Universidad en el orden académico;
- b) Dirigir, coordinar, controlar y evaluar la ejecución de las actividades docentes, investigativas o de extensión de la institución;
- c) Dirigir y coordinar el desarrollo integral de los programas de formación universitaria y avanzada que adelanten las diferentes facultades en la metodología presencial y a distancia;
- d) Someter a la consideración de los organismos pertinentes de la Universidad, las modificaciones de la planta de personal docente;
- e) Supervisar la aplicación de las normas y procedimientos de admisión, registro y control académico de los estudiantes;
- f) Preparar el anteproyecto de presupuesto de la Vice- Rectoría, las Facultades y demás dependencias del área académica;
- g) Las demás que le sean asignadas y estén acordes con la naturaleza de la dependencia.
Artículo 6º. **De la Facultades**. Cada una de las Facultades tendrá las siguientes funciones según su especialidad:
- a) Proponer los planes y programas de formación universitaria o avanzada que requiera la respectiva facultad y ejecutarlos una vez aprobados;
- b) Organizar y dirigir el desarrollo de las actividades docentes, de educación permanente y de investigación correspondientes;
- c) Revisar y proponer el contenido de los planes y pr3grairias de estudio;
- d) Preparar las listas de electores y elegibles para la elección de representaciones Profesorales ante los diversos organismos de la Universidad en que figuran como miembros;
- e) Colaborar con el Instituto de Investigaciones en la formulación y ejecución de los programas de su área de influencia;
- f) Organizar y coordinar la publicación de material docente, investigativo y demás estudios, que se relacionen con la facultad;
- g) E9tudiar las necesidades en materia de personal, planta física, dotación de biblioteca y demás elementos necesarios para el funcionamiento de la dependencia, y presentar las solicitudes correspondientes;
- h) Preparar y presentar el anteproyecto de presupuesto de la respectiva facultad, según las normas legales estatutarias y reglamentarias sobre la materia;
- i) Rendir Informes periódicos a la Vice.-Rectoría Académica sobre sus actividades;
- j) Las demás que le sean asignadas y estén acordes con la naturaleza de la dependencia.
Artículo 7º. **De los Departamentos**. Son funciones de cada uno de los Departamentos según su especialidad, las siguientes:
- a) Programar y ejecutar las actividades docentes e investigativas, que le sean asignadas;
- b) Estudiar junto con los profesores de su Dep9rtamento, los planes de estudio, los programas de las asignaturas y comunicar al Comité el Curriculum respectivo para las posibles modificaciones y actualizaciones necesarias;
- c) Analizar y recomendar -la publicación del material de enseñanza y de investigación del Departamento;
- d) Proponer al Decano, para aprobación la carga horaria y demás actividades del profesorado;
- e) Coordinar las actividades académicas de los profesores adscritos al Departamento;
- f) Controlar y supervisar el cumplimiento de la labor docente del profesorado;
- g) Colaborar con la Facultad respectiva, en el desarrollo de los programas, registro y control de personal docente, estudiantil y administrativo, evaluar su actividad y rendir los informes que sean del caso;
- h) Coordinar la prestación de los servicios de laboratorio que requieran los planes de estudio;
- i) Preparar los planes de trabajo de requerimiento del equipos, elementos y personal para el cumplimiento de las funciones a su cargo;
- j) Las demás que le sean asignadas y estén acordes con la naturaleza de la dependencia.
Artículo 8º. **Del Instituto de Investigaciones de la Orinoquia Colombiana**. Son funciones del Instituto de Investigaciones de la Orinoquia Colombiana las siguientes:
- a) Promover y coordinar las actividades de investigación lentifica universitaria y asesorar en esta materia a las dependencias que lo soliciten;
- b) Organizar y prestar los servicios de apoyo investigativo que demande la Universidad en particular y la comunidad en general;
- c) Coordinar con las entidades patrocinadoras y demás que lo requieran, las gestiones técnicas y administrativas referentes a las investigaciones, cuando así lo dispusiere la Rectoría;
- d) Coordinar con las Facultades las actividades de investigación que se relacionen con sus funciones, ajustándose a los procedimientos establecidos;
- e) Asesorar y capacitar a los investigadores en el desarrollo, elaboración y presentación de los proyectos;
- f) Impulsar, dirigir y coordinar los programas especiales de investigación orientados a responder a las necesidades del área de influencia de la Universidad;
- g) Difundir los resultados de las investigaciones e innovaciones técnicas a través, de publicaciones y seminarios;
- h) Las demás que se le asignen y estén acordes con la naturaleza de la dependencia.
Artículo 9º. **Del Departamento de Educación Abierta y a Distancia**. Son funciones del Departamento de Educación Abierta y a Distancia las siguientes:'
- a) Coordinar la ejecución y evaluación del desarrollo de los programas encaminados a ofrecer Educación Abierta y a Distancia, acordes con las políticas del Gobierno Nacional
- b) Proponer y desarrollar planes y programas de trabajo y requerimientos financieros, físicos y técnica para el desarrollo de lo mencionado en el literal anterior;
- c) Identificar -las necesidades de asistencia tecnológica en el área de influencia de la Universidad y promover su solución a través de los programas de Educación a Distancia;
- d) Coordinar el desarrollo de las actividades tutoriales de los directores de CREAD y estudiantes;
- e) Organizar y dirigir, el proceso de distribución y divulgación de les materiales de auto-instrucción;
- f) Coordinar con la Vice-Rectoría Académica la elaboración de los planes y programas de estudio, así como el diseño instruccional para los programas de Educación a Distancia
- g) Determinar en coordinación con las Facultades producción, reimpresión, adaptación e intercambio de materiales impresos y audiovisuales que se requieran para el desarrollo de los programas de Educación a Distancia;
- h) Coordinar con la Sección de Admisiones, Registro y Control Académico, la elaboración y aplicación de las normas académicas para los alumnos de Educación a Distancia;
- i) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Artículo 10. **De la Sección dé Biblioteca**. Son funciones de la Sección de Biblioteca:
- a) Elaborar y ejecutar planes de acción para la prestación, de los servicios a los usuarios;
- h) Elaborar los programas de desarrollo de la biblioteca, con base en las necesidades de cada una de las áreas de la institución;
- e) Clasificar y catalogar' el material bibliográfico para lograr su fácil localización y utilización;
- d) Controlar los préstamos y devoluciones de libros, revistas, documentos: expedir paz y salvos de la biblioteca a estudiantes y funcionarios que se retiren de la Universidad;
- e) Orientar a los interesados en la investigación de temas específicos;
- f) Realizar el canje de publicaciones con otras entidades similares;
- g) Llevar las estadísticas del movimiento de material' bibliográfico y de los usuarios;
- h) Seleccionar y coordinar la reproducción en revistas y periódicos de artículos especializados de importancia;
- i) Coordinar con el Instituto de Investigaciones el fomento y recopilación de documentos relacionados con la entidad,
- j) Las demás que le sean asignadas y estén acordes con la naturaleza de la dependencia.
Artículo 11. **De la Sección de Ayudas Educativas**. Son funciones de la Sección de Ayudas Educativas:
- a) Elaborar y ejecutar programas y procedimientos sobre la prestación de los servicios de Ayudas Educativas;
- b) Asesorar a profesores y alumnos en la producción y utilización de ayudas educativas;
- c) Solicitar la adquisición de materiales y equipos necesarios para la realización de su trabajo;
- d) Divulgar los principios y técnicas de ayudas educativas por todos los medios a su alcance;
- e) Establecer intercambio con las entidades, que ofrezcan servicios semejantes en el área de los medios audiovisuales;
- f) Actualizar, codificar y dar a conocer los inventarios de artículos y elementos a su cuidado;
- g) Mantener actualizados los costos y proponer las tarifas a que hubiere lugar;
- h) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Artículo 12. **De la Sección de Admisiones, Registro y Control Académico**. Son funciones de la Sección de Admisiones, Registro y Control Académico, las siguientes:
- a) Proponer a la Vice-Rectoría Académica para aprobación del Consejo Académico, los calendarios de inscripciones, admisiones y matrículas;
- b) Publicar oportunamente toda la información necesaria para los aspirantes y alumnos antiguos de la Universidad sobre calendario de inscripciones, exámenes, matrículas iniciación de tareas y fechas de admisión;
- c) Controlar y estudiar la documentación de los aspirantes y de los estudiantes activos;
- d) Proponer las clases de pruebas de admisión, organizar y coordinar su aplicación e informar sobre el resultado de las mismas;
- e) Realizar el proceso de matrículas de estudiantes de las diferentes unidades académicas y expedir los carnés correspondientes;
- f) Responder por la correcta y oportuna elaboración de o las listas para el control de asistencia a clase y el registro de calificaciones, y hacerlas llegar oportunamente a en la unidad académica;
- g) Procesar las listas do asistencia y calificaciones consignarlas oportunamente y suministrar la información pertinente a los interesados;
- h) Expedir certificados y constancias de estudio para, su a- refrendación por parte de la Secretaría General; U- i) Preparar las listas de electores y elegibles para la elección de representantes estudiantiles ante los diversos organismos de la Universidad y que figuran como miembros;
- j) Mantener toda la información relacionada con estadísticas académicas y suministrarlas periódicamente a la Oficina de Planeación;
- k) Efectuar la liquidación de la matricula con base en las tablas determinadas para tal fin:
- l) Las demás que le sean asignadas y estén acordes con,
Artículo 13. **De la Sección de Granjas**. Son funciones de la Sección de Granjas:
- a) Ejecutar -los programas que se establezcan en relación con la administración de las granjas e informar periódicamente a la Vice-Rectoría Académica;
- b) Servir de campo experimental y para la aplicación de los conceptos teóricos impartidos dentro del proceso de enseñanza aprendizaje en las distintas facultades;
- c) Proponer el anteproyecto de presupuesto anual de la Sección;
- d) Cumplir dentro de las normas, el programa de utilización y mercadeo de los productos obtenidos;
- e) Coordinar los proyectos de explotación, investigación y fomento de las granjas;
- f) Velar por el uso, conservación de los predios y elementos materiales asignados;
- g) Las demás que le sean asignadas y estén acordes con la naturaleza de la dependencia.
Artículo 14. **De la Dirección Administrativa**. Son funciones de la Dirección Administrativa:
- a) Dirigir, organizar y controlar los planes y programas que se establezcan en las áreas administrativa, financiera y de personal;
- b) Asesorar a la Rectoría cuando lo requiera en los asuntos correspondientes a las actividades citadas anteriormente;
- c) Proponer a la Rectoría, planes y programas que tiendan al mejoramiento de los sistemas administrativos, financieros y de personal;
- d) Preparar en coordinación, con la Oficina de Planeación el proyecto anual de presupuesto y supervisar la correcta ejecución del mismo, de acuerdo con las normas establecidas sobre la materia;
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.