Por el cual se crean unos puestos en el Ramo fluvial

Rango Decreto
Publicación 1908-01-10
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y TESORO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

En uso de sus facultades legales, y teniendo en cuenta la autorización dada por el Ministerio de Obras Publicas al Intendente de Navegación fluvial de Barranquilla, en virtud de la necesidad del servicio.

DECRETA:

Artículo 1. ° Créanse en la Intendencia de Navegación del río Magdalena los empleos que á continuación se expresan, y con la siguiente asignación mensual:
Un Revisor liquidador del Intendente, con $80
Un Ayudante del Intendente de Calamar, con 60
Un Jefe, del Resguardo, con 40
Un Cabo del Resguardo, con 35
Cuatro guardas, cada uno, con 30
Tres remeros, cada uno, con 15
Y las Subinspecciones de Zaragoza y Mompós, cada una, con 40
Artículo 2. ° Para ocupar estos puestos desígnase á los individuos nombrados por el señor, Intendente de Barranquilla, los cuales disfrutarán de sus sueldos desde la fecha en que están en servicio.

Parágrafo. La Dirección, general de la Contabilidad, hará la traslación del caso para atender al gasto ordenado.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, á 2 de Diciembre de 1907

R.REYES

El, Ministro de Hacienda y Tesoro,

TOBIAS VALENZUELA

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