Por el cual se dictan varias disposiciones en el ramo de Instrucción Pública

Rango Decreto
Publicación 1922-01-05
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El primer Designado, encargado del Poder Ejecutivo en vista de la necesidad de hacer economías en los distintos ramos de la Administración Pública, y

en uso de sus facultades legales,

decreta:

Artículo 1.° Desde el 1.° de enero de 1922 quedan refundidas en una sola, las Secciones 2ª y 3ª del Ministerio de Instrucción Pública; esta Sección así refundida será la 2ª del Ministerio y tendrá a su cargo los asuntos encomendados a las Secciones que se refunden por el présenle Decreto.
Articulo 2.° Por renuncia aceptada del señor Roberto Morales Olaya del cargo de Jefe de la Sección 3ª nombrase en propiedad Jefe de la Sección creada por este Decreto, al señor José Joaquín Otero Duran, quien viene desempañando la Jefatura da una de las secciones del mismo Ministerio; este empleado continuara respondiendo con la fianza que tiene prestada por el manejo de los textos y útiles de enseñanza que existen en el almacén y por los que recibirán del Exterior hasta que el Gobierno los reparta en su totalidad entre los establecimientos de educación que gozan de tal beneficio.
Artículo 3.° La Sección 4.° quedará como 3.° del Ministerio.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 30- de diciembre de 1921.

JORGE HOLGUIN-­El Secretario, encargado del Despacho, Rafael CARDENAS PIÑEROS.

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