Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigentes
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO
que el Consejo de Ministros en su sesión del día 8 de junio del año en curso autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados en la Ley de Apropiaciones vigente, según consta en el acta respectiva,
DECRETA:
Artículo 1° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente:
| DEL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS | DEL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS | DEL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS |
|---|---|---|
| Comisaría del Vaupés. | ||
| Capítulo 96. | ||
| Del artículo 1834. Para la construcción de edificios públicos en San José del Guaviare, Miraflores y Yavaralé, Vaupés | $ | 15.000.00 |
| AL MINISTERIO DE GUERRA | AL MINISTERIO DE GUERRA | AL MINISTERIO DE GUERRA |
| Comisaría del Vaupés. | ||
| Capítulo 36. Al artículo 365-B. Para instalación y acondicionamiento de guarniciones militares en San José del Guaviare y Miraflores | $ | 15.000.00 |
Artículo 2° El presente Decreto rige desde su fecha.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 15 de junio de 1945.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Carlos S. DE SANTAMARIA
El Ministro de Guerra,
Domingo ESPINEL
El Ministro de Obras Públicas,
Alvaro DIAZ S.
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