por el cual se modifica el Decreto 2520 de 1993 que contiene los estatutos del Banco de la República

Rango Decreto
Publicación 2004-05-11
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las previstas en los artículos 372 de la Constitución Política y 26 de la Ley 31 de 1992,

DECRETA:

Artículo 1°. Modifícase el literal d) del artículo 34 del Decreto 2520 de 1993 el cual quedará así:

“d) Expedir su propio reglamento. En todo caso en este deberá preverse que la Junta Directiva sesionará al menos una vez al mes”.

Artículo 2°. Adiciónase el artículo 62 del Decreto 2520 de 1993 con los siguientes parágrafos:

Parágrafo 2°. El Banco de la República buscará adoptar principios y estándares contables internacionalmente aceptables siempre y cuando estos no riñan con lo establecido por la Ley, en especial la Ley 31 de 1992, ni con las regulaciones contables que expida la Superintendencia Bancaria”.

Parágrafo 3°. Sin perjuicio de lo previsto en el artículo 74 del presente decreto, el Banco de la República podrá contratar auditores externos de reconocido prestigio internacional para que revisen sus estados financieros”.

Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 10 de mayo de 2004.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Alberto Carrasquilla Barrera.

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