Por el cual se concede una franquicia telegráfica
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
decreta:
Concédese franquicia telegráfica al señor Vicario Apostólico de La Goajira, hasta por cuarenta palabras, para asuntos oficiales urgentes, relacionados con la catequización de las tribus salvajes del expresado territorio.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 28 de agosto de 1915.
JOSE VICENTE CONCHA-El Ministro de Gobierno, MiguelABADÍA MENDEZ.
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