Por el cual se eliminan los sistemas especiales de intercambio comercial

Rango Decreto
Publicación 1986-05-08
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 2
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales y con sujeción a las normas generales señaladas en la Ley 48 de 1983,

DECRETA:

Artículo 1. Deróganse el Decreto número 370 de 1984 y el Decreto número 3707 de 1985.

Artículo 2. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el DIARIO OFICIAL.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 6 de mayo de 1986.

BELISARIO BETANCUR

El Ministro de Desarrollo Económico,

Gustavo Castro Guerrero.

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