Por el cual se fija el personal y las asignaciones de la Corte de Cuentas

Rango Decreto
Publicación 1918-01-30
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DEL TESORO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia

en uso de las facultades que le confiere la Ley 51 de 1917,

decreta:

Artículo único El personal y las asignaciones de la Corte de Cuentas será, desde el 1° de marzo próximo, el siguiente:

Mensuales.

Diez Magistrados, cada uno con $ 200
Diez Oficiales Auxiliares, cada uno con 93
Un Secretario, con 111
Un Oficial Mayor, con 93
Un Archivero, con 65
Un Ayudante del Archivero, con 47
Un Oficial de Remesas y Ratificaciones, con 47
Cuatro Escribientes, cada uno con 55
Un portero, con 38
Un Conserje, con 33

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 23 de enero de 1918.

JOSE VICENTE CONCHA-El Ministro del Tesoro, PedroBLANCO S.

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