Por el cual se distribuye la partida apropiada en el presupuesto de la vigencia en curso para material de los Tribunales y Fiscalías de lo contencioso Administrativo

Rango Decreto
Publicación 1930-02-06
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Articulo único. La suma de $ 18,000 asignada en el artículo 10 del Presupuesto vigente, para material de los Tribunales y Fiscalías de lo Contencioso Administrativo, se distribuye así:
Para material del Tribunal de Barranquilla y su Fiscalía, en el año, hasta $ 1,020
Para el de Bucaramanga y su Fiscalía, en el año, hasta 800
Para el de Cali y su Fiscalía, en el año, hasta 1,380
Para el de Cartagena y su Fiscalía, en el año, hasta $ 1,080
Para el de Cúcuta y su Fiscalía, en el año, hasta 1,140
Para el de Ibagué y su Fiscalía, en el año, hasta 1,307
Para el de Manizales y su Fiscalía, en el año, hasta 1,020
Para el de Medellín y su Fiscalía, en el año, hasta 1,308
Para el de Neiva y su Fiscalía, en el año, hasta 795
Para el de Pasto y su Fiscalía, en el año, hasta 780
Para el de Popayán y su Fiscalía, en el año, hasta 900
Para el de Santa Marta y su Fiscalía, en el año, hasta 1,380.
Para el de Tunja y su Fiscalía, en el año, hasta 780
Para gastos eventuales de las mismas entidades, en el año, hasta 4,310
Suma 18,000.

Comuniquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 28 de enero de 1930.

MIGUEL ABADIA MENDEZ

El Ministro de Gobierno,

Gabriel RODRIGUEZ DIAGO

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