Por el cual se crean unos puestos y se hacen unos nombramientos en los Ferrocarriles del Carare y Central de Bolívar
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA :
Artículo 1.° Créase el cargo de Capellán del Ferrocarril del Carare, con una asignación mensual de doscientos pesos ($ 200), y nómbrase para desempeñarlo al Reverendo Padre Juan Gabriel González.
Artículo 2.° Créase el cargo de Capellán del Ferrocarril Central de Bolívar, con la asignación mensual de doscientos cincuenta pesos ($ 250), y nómbrase para desempeñarlo al presbítero doctor Manuel de la V. Coronel.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 10 de agosto de 1928.
MIGUEL ABADIA MENDEZ
El Ministro de Obras Públicas,
Sotero PEÑUELA
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