Por el cual se crean unos cargos en el Departamento de Edificios Nacionales
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. Créanse los siguientes cargos de Subalmacenistas en el Departamento de Edificios 'Nacionales, con la asignación fijada para estos puestos por el Decreto número 500 del presente año:
En la Zona de Edificios de Bolívar:
Subalmacenista de las obras de Cartagena.
En la Zona de Edificios de Cundinamarca;
Subalmacenista de la Clínica de Empleados y Obreros Nacionales en Bogotá.
En la Zona de Edificios Nacionales de Nariño:
Subalmacenista de los Cuarteles de Tumaco.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 28 de abril de 1947.
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Francisco de Paula PEREZ
El Ministro de Obras Públicas,
Darío BOTERO ISAZA
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