Por el cual se hace un traslado en el presupuesto de la vigencia en curso

Rango Decreto
Publicación 1926-09-09
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE INSTRUCCION Y SALUBRIDAD PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

Considerando:

Decreta:

Artículo único. De conformidad con la autorización del artículo 17 de la Ley 34 de 1923, trasládase la suma de seis mil pesos ($ 6,000) moneda corriente, del artículo 648, capítulo 58, gastos varios, del Ministerio de Instrucción y Salubridad Públicas, así: tres mil pesos ($ 3,000) moneda corriente, al artículo 626, y los tres mil pesos ($ 3,000) restantes, al artículo 635 del capítulo 58 del Presupuesto de la vigencia en curso.

Parágrafo. Hágase la correspondiente anotación en los libros respectivos, y dése cuenta al señor Contralor General de la República, para los fines legales consiguientes.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 3 de septiembre de 1926.

MIGUEL ABADIA MENDEZ-El Ministro de Instrucción y Salubridad Públicas, Silvino RODRIGUEZ.

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