Por el cual se crean dos plazas en el Ramo Telegráfico
El Presidente de la República de Colombia,
En uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. Creáse una plaza más de Ayudante en cada una de las oficinas telegráficas de Banco y Pasto, con las mismas asignaciones mensuales de las demás de su clase en aquellas oficinas.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, á 15 de Diciembre de 1905.
R. REYES
El Ministro de Gobierno,
BONIFACIO VELEZ
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