por el cual se modifica el Decreto número 1029 de 2013

Rango Decreto
Publicación 2013-07-10
Estado Derogada
Departamento DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4ª de 1992,

DECRETA:

Artículo 1°. Modifícase el literal d) del artículo 3° del Decreto número 1029 de 2013, el cual quedará así:

"d) EXPERTO DE COMISIÓN REGULADORA, Código 0090, diez millones doscientos cinco mil seiscientos ochenta y tres pesos ($10.205.683) moneda corriente, distribuidos así:

Asignación Básica: $3.674.047

Gastos de Representación: $6.531.636

Artículo 2°. Modifícase el parágrafo 3° del artículo 3° del Decreto número 1029 de 2013, el cual quedará así:

"Parágrafo 3°. El empleo a que se refiere el literal e) del presente artículo, percibirá una prima mensual de gestión, equivalente al cincuenta por ciento (50%) del valor conjunto de la asignación básica y los gastos de representación.

El Director de la Unidad de Información y Análisis Financiero percibirá una prima mensual de gestión, equivalente al cincuenta por ciento (50%) de su asignación básica mensual.

La prima de gestión no constituye factor salarial para ningún efecto legal".

Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, surte efectos fiscales a partir del 1° de enero de 2013 y modifica en lo pertinente el artículo 3° del Decreto número 1029 de 2013.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 10 de julio de 2013.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Mauricio Cárdenas Santamaría.

La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Elizabeth Rodríguez Taylor.

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