Por medio del cual se destina una partida

Rango Decreto
Publicación 1960-07-06
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. De la partida asignada en el Capitulo 205, articulo 2270 del Presupuesto de la vigencia en curso, "Gastos que demanden los estudios de irrigación y drenaje en el país, en el año", hácese la siguiente destinación:

Capitulo 205. Artículo 2270. Para entregar a la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero, a fin de que cubra los gastos que demande la contratación de técnicos en irrigación y drenaje, según prospecto que deberá aprobar el Ministerio de Agricultura, $ 265.000.00.

Comuníquese y ejecútese.

Dado en Bogotá, D. E., a 17 de junio de 1960.

ALBERTO LLERAS

Hernando Agudelo Villa,

Ministro de Hacienda y Crédito Público.

Gilberto Arango Londoño,

Ministro de Agricultura.

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