Por el cual se aprueba el Acuerdo 010 expedido por el Consejo Superior sobre Estructura Orgánica del Colegio Mayor de Cundinamarca, de fecha 17 de marzo de 1989

Rango Decreto
Publicación 1989-07-06
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, y en especial de las que le confieren el artículo 15, literal d) del Decreto 725 de 1989, del Decreto-ley 1050 de 1968, y del Decreto-ley 80 de 1980,

DECRETA:

Articulo 1°. Aprobar el Acuerdo número 010 de marzo 17 de 1989 expedido por el Consejo Superior del Colegio Mayor de Cundinamarca, cuyo texto es el siguiente:

«El Consejo Superior del Colegio Mayor de Cundinamarca, en ejercicio de sus funciones legales y en especial de las que le confiere el literal b) del artículo 59 del Decreto-ley 080 de 1980, en armonía con lo dispuesto en el artículo 4°del Decreto-ley 758 de 1988, Decreto-ley 1050 de 1968, Decreto-ley 080 de 1980 y oído el concepto de la Secretaría de Administración Pública de la Presidencia de la República,

ACUERDA:

Artículo 1° Establecer la Estructura Orgánica y determinar las funciones de las dependencias del Colegio Mayor de Cundinamarca, así:

CAPITULO I

DE LA ESTRUCTURA

Artículo 2° La Estructura Orgánica del Colegio Mayor de Cundinamarca será la siguiente:

2.1 Oficina de Planeación y Sistemas

5.1 Facultad de Ciencias de la Salud

5.1.1 Consejo de Facultad

5.2 Facultad de Ciencias Sociales

5.2.1 Consejo de Facultad

5.3 Facultad de Administración y Economía

5.3.1 Consejo de Facultad

5.4 Facultad de Ingeniería y Arquitectura

5.4.1 Consejo de Facultad

5.5 Centro de Admisiones, Registro y Control Académico

5.6 Centro de Biblioteca

5.7 Centro de Investigaciones

5.8 Centro de Extensión

5.9 Centro de Recursos Educativos y Publicaciones

6.1 División del Medio Universitario

6.1.1 Sección de Bienestar Social y Orientación

6.1.2 Sección de Servicios de Salud

6.2 División Financiera

6.2.1 Sección de Tesorería

6.3 División Administrativa

6.3.1 Sección de Personal

6.3.2 Sección de Servicios Generales

7.1 Comité de Dirección

7.2 Comité de Investigaciones

7.3 Junta de Licitaciones y Adquisiciones

7.4 Comisión de Personal

7.5 Comisión de Personal Docente

CAPITULO II

DE LAS FUNCIONES

Artículo 3° CONSEJO SUPERIOR, RECTORÍA, CONSEJO ACADÉMICO Y CONSEJOS DE FACULTAD. El Consejo Superior, la Rectoría, el Consejo Académico y los Consejos de Facultad del Colegio Mayor cumplirán las funciones para ellos señaladas en el Estatuto General de la Institución y demás disposiciones vigentes.

Artículo 4° OFICINA DE PLANEACIÓN Y SISTEMAS. Son funciones de la Oficina de Planeación y Sistemas:

Artículo 5° SECRETARÍA GENERAL. La Secretaría General cumplirá, además de las funciones previstas en el Estatuto General las siguientes:

Artículo 6° VICE-RECTORÍA ACADEMICA. Son funciones de la Vice-Rectoría Académica:

Artículo 7° FACULTADES. Son funciones de las facultades:

Artículo 8° CENTRO DE ADMISIONES, REGISTRO Y CONTROL ACADEMICO. Son funciones del Centro de Admisiones, Registro y Control Académico:

Artículo 9° CENTRO DE BIBLIOTECA. Son funciones del Centro de Biblioteca:

Artículo 10. CENTRO DE INVESTIGACIONES. Son funciones del Centro de Investigaciones:

Artículo 11. CENTRO DE EXTENSIÓN. Son funciones del Centro de Extensión:

Artículo 12. CENTRO DE RECURSOS EDUCATIVOS Y PUBLICACIONES. Son funciones del Centro de Recursos Educativos y Publicaciones:

Artículo 13. VICE-RECTORÍA ADMINISTRATIVA. Son funciones de la Vice-Rectoría Administrativa:

Artículo 14. DIVISIÓN DEL MEDIO UNIVERSITARIO. Son funciones de la División del Medio Universitario:

Artículo 15. SECCIÓN DE BIENESTAR SOCIAL Y ORIENTACIÓN. Son funciones de la Sección de Bienestar Social y Orientación:

Artículo 16. SECCIÓN DE SERVICIOS DE SALUD. Son funciones de la Sección de Servicios de Salud:

Artículo 17. DIVISIÓN FINANCIERA. Son funciones de la División Financiera:

Artículo 18. SECCIÓN DE TESORERÍA. Son funciones de la Sección de Tesorería:

Artículo 19. DIVISIÓN ADMINISTRATIVA. Son funciones de la División Administrativa:

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