Por el cual se deroga el marcado con el número 951 de 1912

Rango Decreto
Publicación 1914-12-26
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GUERRA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

decreta:

Artículo único. Derógase el Decreto número 951 de 10 de octubre de 1912. Queda, por tanto, restablecida la facultad, de los Comandantes de Regimiento, para efectuar permutas de Oficiales y tropa, dentro del Cuerpo; pero sólo por necesidad, exigida por el buen servicio, y con la obligación de dar parte al Ministerio de Guerra, por conducto regular, inmediatamente que efectúen una permuta de Oficiales.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 21 de diciembre de 1914.

jose vicente congua

El Ministro de Guerra,

isaías LUJAN

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