Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto Nacional de gastos de la vigencia económica en curso

Rango Decreto
Publicación 1916-08-30
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DEL TESORO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de sus facultades legales,

teniendo en cuenta

lo dispuesto en los Decretos números 1198, 1230, 1252 y 1348 del año en curso, y haciendo uso de la autorización concedida por la Ley 71 de 1909,

Decreta:

Artículo 1º Trasládase en el Presupuesto Nacional da gastos del año económico de 1916 la suma de ciento noventa y seis mil cuatrocientos ochenta pesos cincuenta y seis centavos ($ 196,480-56), tomada de las imputaciones que en seguida se indican:

AQUI PDF DIARIO OFICIAL 15881 (TABLA DE PRESUPUESTOS) PÁG. 9-11.

Artículo 2º La suma que se traslada llevará las siguientes imputaciones.

AQUI PDF DIARIO OFICIAL 15881 (TABLA DE PRESUPUESTOS) PÁG. 11 Y 12.

Artículo 3º Las oficinas ordenadoras y pagadoras respectivas describirán en sus libros las operaciones a que da lugar el presente Decreto.

Publíquese.

Dado en Bogotá a 26 de agosto de 1916.

JOSE VICENTE CONCHA­ El Ministro del Tesoro, Alfonso ROBLEDO.

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