por el cual se modifica la planta de personal de la Dirección General de Aduanas del Ministerio de Hacienda y Crédito Público

Rango Decreto
Publicación 1990-07-10
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el ordinal 21 del artículo 120 de la Constitución Política,

DECRETA:

Artículo 1° Suprímense los siguientes cargos en la planta de personal de la Dirección General de Aduanas del Ministerio de Hacienda y Crédito Público:
PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL
N° de cargos Denominación del empleo Código Grado
11 Profesional Universitario 3020 04
6 Profesional Universitario 3020 03
31 Técnico Administrativo 4065 11
147 Técnico Administrativo 4065 09
104 Técnico Administrativo 4065 07
10 Auxiliar Administrativo 5120 11
4 Auxiliar Administrativo 5120 09
10 Auxiliar Administrativo 5120 07
2 Auxiliar Administrativo 5120 05
1 Cabo de Aduanas 5135 15
2 Cabo de Aduanas 5135 12
3 Secretario 5140 10
4 Secretario 5140 08
2 Secretario 5140 06
10 Guarda de Aduanas 5160 11
Artículo 2° Créanse los siguientes cargos en la planta de personal de la Dirección General de Aduanas del Ministerio de Hacienda y Crédito Público:
NIVEL REGIONAL NIVEL REGIONAL NIVEL REGIONAL NIVEL REGIONAL
N° de cargos Denominación del empleo Código Grado
SANTA MARTA SANTA MARTA SANTA MARTA SANTA MARTA
División Operativa División Operativa División Operativa División Operativa
1 Jefe de División 2040 03
Sección de Importaciones Sección de Importaciones Sección de Importaciones Sección de Importaciones
1 Jefe de Sección 2075 02
División de Almacenamiento y Enajenaciones División de Almacenamiento y Enajenaciones División de Almacenamiento y Enajenaciones División de Almacenamiento y Enajenaciones
1 Jefe de División 2040 03
MEDELLIN MEDELLIN MEDELLIN MEDELLIN
Sección de Exportaciones Sección de Exportaciones Sección de Exportaciones Sección de Exportaciones
1 Jefe de Sección 2075 02
CALI CALI CALI CALI
División de Resguardo División de Resguardo División de Resguardo División de Resguardo
1 Jefe de División 2040 06
CUCUTA CUCUTA CUCUTA CUCUTA
División Legal y de Secretaria División Legal y de Secretaria División Legal y de Secretaria División Legal y de Secretaria
1 Jefe de División 2040 03
Sección de Exportaciones Sección de Exportaciones Sección de Exportaciones Sección de Exportaciones
1 Jefe de Sección 2075 02
IPIALES División Legal y de Secretaría IPIALES División Legal y de Secretaría IPIALES División Legal y de Secretaría IPIALES División Legal y de Secretaría
1 Jefe de División 2040 03
Sección de Exportaciones Sección de Exportaciones Sección de Exportaciones Sección de Exportaciones
1 Jefe de Sección 2075 02
Sección de Vigilancia Aduanera Sección de Vigilancia Aduanera Sección de Vigilancia Aduanera Sección de Vigilancia Aduanera
1 Jefe de Sección 2075 02
PEREIRA PEREIRA PEREIRA PEREIRA
División Legal y de Secretaría División Legal y de Secretaría División Legal y de Secretaría División Legal y de Secretaría
1 Jefe de División 2040 03
División Operativa División Operativa División Operativa División Operativa
1 Jefe de División 2040 03
RIOHACHA RIOHACHA RIOHACHA RIOHACHA
División Legal y de Secretaria División Legal y de Secretaria División Legal y de Secretaria División Legal y de Secretaria
1 Jefe de División 2040 03
TURBO TURBO TURBO TURBO
División Legal y de Secretaria División Legal y de Secretaria División Legal y de Secretaria División Legal y de Secretaria
1 Jefe de División 2040 03
PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL
N° de cargos Denominación del empleo Código Grado
6 Asesor 1020 05
2 Asesor 1020 03
1 Asesor 1020 02
1 Asesor 1020 01
7 Profesional Especializado 3010 12
13 Profesional Especializado 3010 10
41 Profesional Universitario 3020 05
2 Técnico Aduanero 4200 13
2 Técnico Aduanero 4200 12
31 Técnico Aduanero 4200 11
2 Técnico Aduanero 4200 10
148 Técnico Aduanero 4200 09
2 Técnico Aduanero 4200 08
98 Técnico Aduanero 4200 07
Artículo 3° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica parcialmente el Decreto 1319 de 1989.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 6 de julio de 1990.

VIRGILIO BARCO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Luis Fernando Alarcón Mantilla.

El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,

William René Parra Gutiérrez.

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