por el cual se adicionan los Decretos 300 de 1975 y 462 de 1989 para el pago del personal y las partidas de arrendamiento y sostenimiento de la Embajada y Consulado de Colombia en Marruecos

Rango Decreto
Publicación 1990-07-10
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y en especial las de los numerales 3 y 11 del artículo 120 de la Constitución Nacional, y

CONSIDERANDO:

DECRETA:

Artículo 1° A partir del 7 de enero de 1990 el pago de las sumas a que tengan derecho los funcionarios de la Embajada y Consulado de Colombia en Marruecos, las partidas para gastos de arrendamiento y sostenimiento se hará en francos suizos.
Artículo 2° Fíjase una tasa de dos (2.0) por dólar de los Estados Unidos de América para la conversión a francos suizos de acuerdo con el Decreto 462 del 3 de marzo de 1989. Para las sumas a que tengan derecho los funcionarios de la Embajada y Consulado de Colombia en Marruecos.
Artículo 3° Fíjase una tasa de tres (3.0) por dólar para los gastos de arrendamiento y sostenimiento de acuerdo con el Decreto 300 del 24 de febrero de 1975 y el Decreto 3031/83.
Artículo 4° Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 6 de julio de 1990.

VIRGILIO BARCO

El Ministro de Relaciones Exteriores,

Julio Londoño Paredes.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Fernando Alarcón Mantilla.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.