Por el cual se nombran Secretarios de Estado en los Despachos de Hacienda i Fomento i del Tesoro i Crédito nacional
El Presidente de los Estados Unidos de Colombia,
En uso de la facultad que le confiere el artículo 66 de la Constitución,
DECRETA:
Artículo único. Nómbrase Secretarios de Estado para los Despachos de Hacienda i Fomento i del Tesoro i Crédito nacional a los señores Cárlos Nicolás Rodríguez i Luis A. Róbles, respectivamente.
Dése cuenta de estos nombramientos al Senado de Plenipotenciarios, para los fines constitucionales; i si se obtiene su aprobación, comuníquense a los nombrados.
Dado en Bogotá, a 7 de abril de 1876.
AQUILEO PARRA.
El Secretario de lo Interior i Relaciones Esteriores,
- M. Ancízar.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.