Por el cual se adiciona el Decreto-ley 319 de 15 de febrero de 1949

Rango Decreto
Publicación 1951-07-09
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en usó de sus atribuciones legales, y especialmente de las qué le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional y,

CONSIDERANDO:

Que por Decreto número 3518 de 9 de noviembre de 1949 se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio de la República;

DECRETA:

Artículo 1°. Los Almacenes Generales de Depósito que establezca el Instituto de Fomento Algodonero en cumplimiento del contrato celebrado con la Nación, prestarán sus servicios para algodón, ajonjolí, maíz, soya y demás productos agrícolas propios de las regiones algodoneras del país.
Artículo 2°. Los Almacenes Generales de Depósito establecidos con fines de fomento agrícola por entidades oficiales o semioficiales, o por particulares vinculadas por medio de contratos de fomento celebrados con la Nación, podrán efectuar, además de las operaciones características o autorizadas a los Almacenes Generales de Depósito, la expedición de títulos negociables sobre productos depositados

"a granel", sobre "productos en proceso de beneficio" y "sobre productos en tránsito", de acuerdo con las normas del presente Decreto.

Artículo 3°. Este Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 28 de junio de 1951.

LAUREANO GOMEZ

El Ministro de Gobierno, Domingo Sarasty M.-El Ministro de Relaciones Exteriores, GonzaloRestrepo Jaramillo. El Ministro de Justicia, Guillermo. Amaya Ramírez-El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Antonio Alvarez Restrepo- El Ministro de Guerra, Roberto Urdaneta Arbeláez.

El Ministro de Agricultura y Ganadería, Alejandro Angel Escobar-El Ministro del Trabajo, Alfredo Araújo Grau-El Ministro dé Higiene, Alonso Carvajal Peralta-El Ministro de Fomento, ManuelCarvajal Sinisterra-El Ministro de Educación Nacional, Rafael Azula Barrera-El Ministro de Correos y Telégrafos, José Tomás Angulo-El Ministro de Obras Públicas, Jorge Leyva.

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