Por el cual se suprimen unos empleos en el ramo Telegráfico
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
decreta:
A partir de la fecha del presente Decreto, suprímese la plaza de Cartero en las Oficinas Telegráficas de Guamo de Zaragoza y Puerto Andes, y fíjase en $ 3 la asignación mensual de cada uno de los Carteros de las de Arboledas y Ciénaga de Oro.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 26 de agosto de 1916.
JOSE VICENTE CONCHA-El Ministro de Gobierno, miguel ABADIA MEN'DEZ.
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