Por el cual se crea un puesto dependiente de la Policía Nacional y se hace el nombramiento respectivo
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1° Créase un puesto de Detective de la Seguridad, con la asignación mensual de $ 70, con destino a prestar sus servicios en el Consejo Administrativo de los Ferrocarriles Nacionales.
Artículo 2° Nómbrase para desempeñar el puesto a que se refiere el artículo anterior, al señor Ernesto Carrillo.
Articulo 3° El Consejo Administrativo de los Ferrocarriles Nacionales pagará el sueldo del mencionado empleado, descontando los porcentajes reglamentarios, los cuales consignará en la Caja de Auxilios de la Policía Nacional.
Articulo 4° El empleado a que este Decreto se refiere, lo mismo que el Consejo Administrativo de los Ferrocarriles Nacionales, quedarán, en lo pertinente, sometidos a todos los reglamentos y leyes que rigen sobre Policía Nacional.
Artículo 5° El Consejo Administrativo queda en la obligación de dar aviso con quince días de anticipación, por lo menos, cuandoquiera que juzgue conveniente la suspensión de este servicio y el Gobierno podrá retirar el puesto en cualquier momento, si razones de orden público así lo imponen.
Artículo 6° Este Decreto regirá desde el 16 de los corrientes.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 17 de agosto de 1935.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Gobierno,
Darío ECHANDIA
El Ministro de Obras Públicas,
César GARCIA ALVAREZ
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