Por el cual se distribuye la partida de $ 144.000.00. apropiada en el Capítulo 2901, articulo 29096. Proyecto 5, del Presupuesto Nacional vigente, para dotación de las Escuelas Vocacionales Agrícolas

Rango Decreto
Publicación 1961-07-28
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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Proyecto5,del Presupuesto Nacional vigente, para dotación de las Escuelas Vocacionales

Agrícolas.

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA

Artículo primero. Distribuyese la suma de ciento cuarenta y cuatro mil pesos ($ 144.000.00), apropiada en el Capítulo 2901, articulo 29096, Proyecto 5, del Presupuesto Nacional vigente, para dotación de las Escuelas Vocacionales Agrícolas, así:
Escuela Vocacional Agrícola de Unguia de Acandí (Chocó) $
Escuela Vocacional Agrícola de Anolaima - Cachipay (Cundinamarca) 22. 000.00
Escuela Vocacional Agrícola de Toro (Valle) 22.000.00
Escuela Vocacional Agrícola de San Jacinto (Bolívar) 22.000.00
Escuela Vocacional Agrícola de Urumita (Guajira). 19.000.00
Escuela Vocacional Agrícola de Andalucía (Valle) 18.000.00
Escuela Vocacional Agrícola de Copacabana (Antioquia) 8.000.00
Escuela Vocacional Agrícola de Gramalote (Norte de Santander 11 000.00
Total $ 144.000.00
Artículo segundo. Este Decreto rige desde la fecha de su expedición

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 28 de junio de 1961.

ALBERTO LLERAS.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Hernando Agudelo Villa.

El Ministro de Educación Nacional,

Alfonso Ocampo Londoño.

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