Por el cual se adiciona el Decreto número 1080 del 16 de mayo de 1977

Rango Decreto
Publicación 1977-07-28
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales y en especial de las que le confiere el Decreto extraordinario 133 de 1976.

DECRETA:

Artículo primero. Adicionase el artículo tercero del Decreto 1080 de 1977 en el sentido de que formara parte de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Fomento de la Industria Apicola, un representante de la Caja de Crédito Agrario Industrial y Minero.
Artículo segundo. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá. D. E., a 1º de julio de 1977.

ALFONSO LOPEZ MICHELSEN

El Ministro de Agricultura,

Alvaro Araujo Noguera.

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