Por el cual se organiza el Departamento de Negocios Generales de este Ministerio
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones constitucionales, y especialmente de las que le confiere la Ley 96 del presente año,
DECRETA:
Artículo 1.° A partir del día diez y seis (16) de los corrientes, el Departamento de Negocios Generales del Ministerio de la Economía Nacional, funcionará con el personal y asignaciones mensuales que se determinan a continuación:
| Secretaria. | ||
|---|---|---|
| Un Secretario General del Ministerio | $ | 400.00 |
| Un Secretario Privado | 120.00 | |
| Una Estenógrafa de la Secretaria | 100.00 | |
| Una Estenógrafa Auxiliar | 80.00 | |
| Un Abogado | 230.00 | |
| Un Oficial Mayor, encargado del Registro | 150.00 | |
| Un Suboficial, Ayudante del Registro | 120.00 | |
| Un Mecanógrafo del Registro | 80.00 | |
| Un Traductor | 120.00 | |
| Dos Porteros, cada uno a $ 70 | 140.00 | |
| Un Mecanógrafo, Jefe de Carteros | 65.00 | |
| Dos Carteros Copistas, cada uno a $ 50 | 100.00 | |
| Dos Carteros, cada uno a $ 50 | 100.00 | |
| Un Chofer | 80.00 | |
| Publicaciones. | ||
| Un Jefe de Publicaciones | 200.00 | |
| Un Ayudante | 80.00 | |
| Proveeduría. | ||
| Un Proveedor | 150.00 | |
| Un Primer Ayudante, Mecanógrafo | 70.00 | |
| Un Ayudante | 50.00 |
Artículo 2.° Corresponden al Departamento de Negocios Generales los siguientes asuntos:
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- Registro y distribución de negocios entre las dependencias del Ministerio.
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- Estudio, tramitación y resolución de negocios no atribuidos especialmente a otras dependencias.
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- Examen, revisión y anotación de los contratos que deben ser sometidos a la aprobación del Ministro o del Gobierno.
-
- Revisión de todas las actuaciones, resoluciones y decretos que se presentan a la firma del Ministro.
-
- Autenticación de firmas en documentos e impresos oficiales.
-
- Expedición de certificados y copias.
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- Despacho de exhortos al Exterior.
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- Elaboración de proyectos de decretos sobre nombramientos y de aquellos que no deben proceder de otra dependencia.
-
- Redacción y custodia de las actas de posesión.
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- Registro y vigilancia del personal del Ministerio.
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- Excusas, renuncias y licencias de empleados.
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- Despacho de la correspondencia oficial y privada del Ministro.
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- Traducción de la correspondencia y de los demás documentos escritos en lenguas extranjeras.
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- Manejo de las claves y de los negocios reservados.
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- Custodia del archivo general.
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- Custodia y provisión de los útiles de escritorio y de los demás elementos que se adquieran para el servicio de las dependencias del Ministerio.
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- Gestión y arreglo del trabajo editorial de las publicaciones periódicas u ocasionales que haga el Ministerio.
-
- Audiencias para el público e informaciones para la prensa.
Artículo 3.° Dependiente del Departamento de Negocios Generales, créase el cargo de Director General de los Departamentos de Agricultura y Ganadería, con la asignación mensual de $350.
Comuníquese, cúmplase y publíquese.
Dado en Bogotá a 15 de agosto de 1938.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de la Economía Nacional,
Jorge GARTNER
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