Por el cual se reforma el número 1704, de 14 de noviembre de 1925
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1º. Para terminar los estudios de la sección Bogotá-Fusagasugá de la carretera del Sur, créase una Comisión de Ingenieros, compuesta del personal que con las asignaciones mensuales respectivas se expresa en seguida: un Ingeniero Jefe encargado de la dirección de todos los trabajos de la obra, con trescientos pesos ($ 300); un Ingeniero primer Ayudante, con doscientos sesenta pesos ($ 260), y un Ingeniero segundo Ayudante, con doscientos veinte pesos ($ 220).
Artículo 2º. Para desempeñar los puestos de que trata el artículo anterior, se hacen los siguientes nombramientos: para Ingeniero Jefe, al señor don Lucio García; para Ingeniero primer Ayudante, al señor don Ezequiel Sánchez, y para Ingeniero segundo Ayudante, al señor don Campo Elías Basurto.
Artículo 3º. El señor don Manuel J. Rojas, continuará prestando sus servicios de Cajero Contador con la misma fianza que hoy tiene y con un sueldo mensual de cien pesos ($ 100).
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 6 de septiembre de 1926.
MIGUEL ABADIA MENDEZ-El Ministro de Obras Públicas, Mariano OSPINA PEREZ.
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