Por el cual se hace una traslación en el Presupuesto de Gastos de funcionamiento para la vigencia fiscal de 1962. (Ministerio de Fomento), por la suma $ 20.00.00

Rango Decreto
Publicación 1962-07-04
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que para la buena marcha de la Administración Pública y el cabal cumplimiento de las obligaciones del Gobierno, se requiere incrementar algunas apropiaciones del Presupuesto para la vigencia fiscal de 1962;

Que el Contralor General de la República, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 92 y 1° de los Decretos legislativos números 0164 de 1950 y 1599 de 1953, ha expedido el Certificado de Disponibilidad número 31, de mayo 28 de 1962;

Que en armonía con lo dispuesto en el artículo 1° del citado Decreto legislativo número 1599 de 1953, las traslaciones de apropiaciones entre artículos de un mismo Capítulo del Presupuesto Nacional, o entre artículos de distintos Capítulos de un mismo Ministerio o Departamento Administrativo, no requieren la aprobación previa del Consejo de Ministros, y

Que se han observado todas las normas legales requeridas para esta clase de negocios, según se deduce del expediente levantado al efecto,

DECRETA:

Artículo 1° Hácese la siguiente traslación en el Presupuesto de Gastos de funcionamiento para la presente vigencia fiscal:
Presupuesto de funcionamiento.
MINISTERIO DE FOMENTO
Contracréditos.
I - Gastos directos del Ministerio.
B) Rama Técnica.
Capítulo 1014.
Superintendencia de Regulación Económica.
Servicios personales.
101, 113. Artículo 10280. Remuneración servicios técnicos $ 20.000
Suma el contracrédito $ 20.000
Crédito.
I - Gastos directos del Ministerio.
B) Rama Técnica.
Capítulo 1014.
Superintendencia de Regulación Económica.
Gastos generales.
105, 113. Artículo 10284. Compra de equipo $ 20.000
Suma el crédito $ 20.000
Artículo 2° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 8 de junio de 1962.

ALBERTO LLERAS.

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público,

Jorge Mejía Palacio.

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