Por el cual se aprueba la estructura orgánica del Servicio Naviero Armada República de Colombia, Senarc, y se determinan las funciones de sus dependencias

Rango Decreto
Publicación 1984-06-29
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 20
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Articulo 1° Apruébase la estructura orgánica del Servicio Naviero Armada República de Colombia, SENARC, y las funciones de sus dependencias; cuyo texto es el siguiente:

«ACUERDO NUMERO 005 DE 1984

(mayo 14)

por el cual se establece la estructura orgánica del Servicio Naviero Armada República de Colombia, SENARC, y se determinan las funciones de sus dependencias.

La Junta Directiva del Servicio Naviero Armada República de Colombia, SENARC, en uso de las facultades que le confiere el Decreto número 100 de 1984 y oído el concepto de la Secretaria de Administración Pública de la Presidencia de la República,

ACUERDA:

DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA

Artículo 1° A partir de la vigencia del presente Acuerdo, la estructura orgánica de SENARC, será la siguiente:

1.1.1. Oficia de Planeación. 1.1.2. Oficina Jurídica

1.1.3. Oficina de Auditoría Interna.

1.2.1. Sección de Construcción, Mantenimiento y Reparaciones.

1.2.2. Sección de Inspectoría.

1.3.1. Sección de Administración Materiales Distribución.

1.3.2. Sección de Personal. 1.3.3. Sección de Sistemas.

1.4.1. Sección de Contabilidad, Pagaduría y Cartera.

1.4.2. Sección de Presupuesto.

1.5.1. Sección de Operaciones y Comunicaciones. 1.5.2. Sección de Itinerarios, Carga, Pasajeros y Correo,

1.5.3. Sección de Desarrollo Mercadeo.

1.5.4. Agencia Regional de la, Amazonia.

1.5.5. Agencia Regional de la Orinoquia. 1.5.6. Agencia Regional del Atlántico.

1.5.7. Agencia Regional del Pacifico.

Artículo 2° La Dirección y Administración de SENARC, corresponde a la Junta Directiva y al Gerente, quienes ejercen las funciones contenidas en la ley de creación y en los estatutos propios.

Artículo 3° **Oficina de Planeación.** Son funciones de la Oficina de Planeación:

Artículo 4°Oficina jurídica. Son funciones de la Oficina Jurídica:

Articulo 5°Oficina de Auditoría Interna. Son funciones de la Oficina de Auditoría Interna:

Artículo 6°División Técnica. Son funciones de la División Técnica:

g). Presentar a la Gerencia, proyectos relativos a seguridad de transporte, manejo de carga y seguridad de personal y material,

Artículo 7°Sección de Construcción, Mantenimiento y Reparación. Son funciones de la Sección de Construcción, Mantenimiento y Reparación:

Artículo 8°Sección de Inspectoría. Son funciones de la Sección, de Inspectoría:

preparar las recomendaciones del caso.

Artículo 9°División Administrativa. Son funciones de la División Administrativa:

Artículo 10.Sección de Administración de Materiales y Distribución. Son funciones de la Sección de Administración Materiales y Distribución:

Artículo 11.Sección de Personal. Son funciones de la Sección de Personal:

Artículo 12.Sección de Sistemas. Son funciones de la Sección de Sistemas:

Artículo 13.División Financiera. Son funciones de la División Financiera:

Artículo 14.Sección de Contabilidad, Pagaduría y Cartera. Son funciones de la Sección de Contabilidad, Pagaduría y Cartera:

Artículo 15.Sección de Presupuesto. Son funciones de la Sección. de Presupuesto:

Artículo :16.División Operativa. Son funciones de la Di-visión Operativa:

Artículo 17.Sección de Operaciones y Comunicaciones. Son funciones de la Sección de Operaciones y Comunicaciones:

Artículo 18.Sección de Itinerarios, Carga, Pasajeros y Correo. Son funciones de la Sección de Itinerarios, Carga, Pasajeros y Correo:

Articulo 19.Sección de Desarrollo Mercadeo. Son fun­ciones de la Sección - de Desarrollo Mercadeo:

Artículo 20.Agencias Regionales. Son funciones de las Agencias Regionales:

Parágrafo. Las Agencias Regionales contarán con Agencias Seccionales, que desarrollarán funciones similares a las de las Agencias Regionales, en el área de su competencia.

Artículo 21. La Comisión de Personal estará integrada y cumplirá sus funciones de conformidad con las normas legales sobre la materia.

Artículo 22. La. Junta de Licitaciones y Adquisiciones estará integrada por:

Parágrafo I. Actuará como Secretario de la Junta de Licitaciones y Adquisiciones el Jefe de la Sección de Administración Materiales y Distribución.

Parágrafo II. La Junta de Licitaciones y Adquisiciones cumplirá las funciones previstas en las normas legales sobre la materia.

Artículo 23. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su aprobación por el Gobierno Nacional.

Comuníquese y cúmplase. Dado en Bogotá, D. E., a ...

(Fdo.), Mayor General Miguel Vega Uribe

Presidente Junta Directiva SENARC.

(Fdo.), Gladys Ramírez Osorio, Secretaria..

Articulo 2º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 14 de junio de 1984.

BELISARIO BETANCUR

El Ministro de Defensa Nacional,

GeneralGustavo Matamoros D'Costa.

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