Por el cual se suprime una oficina postal y telegráfica y se crea otra

Rango Decreto
Publicación 1928-08-24
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE CORREOS Y TELEGRAFOS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA :

Artículo 1.° Suprímese la Oficina Postal y Telegráfica del Municipio de Palomino en el Departamento de Bolívar, y créase la Oficina Postal y Telegráfica del Corregimiento de Sibundoy, Municipio de Sucre, en la Comisaría del Putumayo, con el personal y asignaciones mensuales que en seguida se expresan :
Un telegrafista Administrador de Correos con $ 70
Un Cartero con 10
Para gastos de alumbrado 3
Para útiles de escritorio 2
Artículo 2.° Nombrase al señor Rafael Chaves León para servir el puesto de Telegrafista Administrador de correos de Sibundoy (Putumayo), creado por el artículo anterior. Artículo 2.° Nombrase al señor Rafael Chaves León para servir el puesto de Telegrafista Administrador de correos de Sibundoy (Putumayo), creado por el artículo anterior.
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Artículo 3.° La oficina de Correos que funciona en este lugar seguirá prestando servicio hasta el día en que se instale la oficina Postal y Telegráfica que por el presente Decreto se crea.
Artículo 4.° Los gastos que demande el cumplimiento del presente Decreto se imputarán a los parágrafos 1378 y 1379 del artículo 732, capítulo 56, del Presupuesto vigente destinados para el pago de la oficina de Palomino que se suprime.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 14 de agosto de 1928.

MIGUEL ABADIA MENDEZ

El Ministro de Correos y Telégrafos.

José Jesús GARCIA

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