por el cual se aprueba la estructura orgánica del Instituto Nacional de Pesca y Acuicultura, INPA, adoptada mediante acuerdo número 004 del 28 de mayo de 1991

Rango Decreto
Publicación 1991-06-07
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE AGRICULTURA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y en especial de las que le confieren los Decretos 1050 y 3130 de 1968,

DECRETA:

Artículo 1º Apruébase la estructura orgánica del Instituto Nacional de Pesca y Acuicultura, INPA, adoptada mediante Acuerdo número 004 del 28 de mayo de 1991,cuyo texto es el siguiente:

<<ACUERDO NUMERO 004 DE 1991

(mayo 28)

"por el cual se establece la estructura orgánica del Instituto Nacional de Pesca y Acuicultura, INPA, y se determinan las funciones de sus dependencias".

La Junta Directiva del Instituto Nacional de Pesca y Acuicultura, INPA, en uso de sus facultades legales y estatutarias y oído el concepto de la Secretaría de Administración Pública de la Presidencia de la República,

ACUERDA:

I, De la estructura del nivel central

Artículo 1º. La estructura orgánica del nivel central del Instituto Nacional de Pesca y Acuicultura, INPA, será la siguiente:

1 Junta Directiva.
2 Gerencia General.
3 Oficina Jurídica.
4 Secretaría General.
4.1 División Administrativa y Financiera.
4.1.1 Sección de Administración de Personal.
4.1.2 Sección de Servicios Generales.
4.1.3 Sección de Presupuesto y Contabilidad.
4.1.4 Sección de Tesorería.
5 Subgerencia de Planeación y Desarrollo,
5.1 División de Investigaciones.
5.2 División de Planeamiento y Estudios Económicos.
5.3 División de Sistematización y Estadística.
6 Subgerencia de Operaciones.
6.1 División de Regulación Técnica,
6.2 División de Registro y Control.
7 Organos de Asesoría y Coordinación.
7.1 Comité de Gerencia.
7.2 Junta de Licitaciones y Adquisiciones.
7.3 Comisión de Personal.

Artículo 2º. La Junta Directiva y la Gerencia General cumplirán las funciones señaladas en la ley, en los estatutos de la entidad y en las demás disposiciones concordantes.

Oficina Jurídica.

Artículo 3º. Son funciones de la Oficina Jurídica:

Secretaría General.

Artículo 4º. Son funciones de la Secretaría General:

Divisón Administrativa y Financiera

Artículo 5º. Son funciones de la división Administrativa y Financiera:

Sección de Administración de Personal.

Artículo 6º. Son funciones de la Sección de Administración de Personal:

Sección de Servicios Generales.

Artículo 7º. Son funciones de la Sección de Servicios Generales:

Sección de Presupuesto y Contabilidad.

Artículo 8º. Son funciones de la Sección de Presupuesto y Contabilidad:

2 Elaborar los estados y análisis periódicos de la ejecución activa y pasiva del presupuesto y formular las recomendaciones que sean necesarias.

Sección de Tesorería.

Artículo 9º. Son funciones de la Sección de Tesorería:

Subgerencia de Planeación y Desarrollo.

Artículo 10. Son funciones de la Subgerencia de Planeación y Desarrollo:

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