Por el cual se hace un traslado en el Presupuesto vigente
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO
que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 15 de julio en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda para trasladar una suma dentro del presupuesto del Ministerio de Gobierno, según consta en la nota número 4559, procedente de la Secretaría de dicha entidad,
DECRETA:
Artículo único. Hácese el siguiente traslado en el Presupuesto vigente:
MINISTERIO DE GOBIERNO
| Capítulo 18: | Capítulo 18: | Capítulo 18: | Capítulo 18: |
|---|---|---|---|
| Del artículo 199. Para la adquisición de motores con destino a embarcaciones menores de las guarniciones de fuera | $ | 300.00 | |
| Capítulo 18: | Capítulo 18: | Capítulo 18: | Capítulo 18: |
| Al artículo 204 ter. Para, la compra de un vehículo destinado a ambulancia para el levantamiento de cadáveres de personas fallecidas a causa de enfermedades contagiosas | 300.00 | ||
| Sumas iguales | $ | 300.00 | 300.00 |
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 24 de julo de 1940.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Gobierno,
Jorge GARTNER
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Carlos LLERAS RESTREPO
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.