Por el cual se abre un crédito adicional al Presupuesto de Rentas e Ingresos y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1974 (Ministerio de Salud Pública) por $ 136.409.280.96

Rango Decreto
Publicación 1974-08-27
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que el numeral 1º del artículo 43 de la Ley 18 de 1973, facultó al Gobierno Nacional para incorporar al Presupuesto, por medio de decreto, los nuevos, recursos., inclusive los del crédito y abrir las correspondientes apropiaciones para gastos;

Que el Gobierno Nacional en desarrollo de las autorizaciones de la Ley 3ª de 1972 celebró dos contratos de préstamo, con el Gobierno de Holanda por 16.000.000 de florines holandeses que equivalen en pesos colombianos a $ 156.409.280.96, destinados a financiar la dotación de hospitales;

Que con base en lo dispuesto en el artículo 101 del Decreto- ley número 294 de 1973, el Contralor. General de la República expidió el Certificado de Disponibilidad número 27 de 1974. por $ 156.409.280.96, para amparar el crédito adicional de que trata este Decreto, y

Que, se han cumplido los requisitos legales, para la tramitación de esta clase de negocios,

DECRETA:

PRESUPUESTO DE RENTAS E INGRESOS

Capítulo X I I I

Recursos del Crédito

Numeral 137. Producto de los Convenios Financieros Colombo-Holandés $ 156.409.280.96

Suma el recurso: $156.409.280.96

Artículo 2º Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrese el siguiente crédito adicional al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1974.

PRESUPUESTO DE INVERSION

Ministerio de Salud Pública

Capítulo 593

Fondo Nacional Hospitalario

Programa 597

Construcción y Terminación de Hospitales

Fondos Convenios Financieros Colombo-Holandés

Suma el crédito adicional: $156.409.280.96

Artículo 3º E l presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuniquese y publíquese.

Dado en Bogotá, Distrito Especial, a 25 de julio de 1974.

MISAEL PASTRANA BORRERO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, LuisFernando Echavarría Vélez.

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