Por el cual se destina una partida

Rango Decreto
Publicación 1937-10-06
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. De la partida votada en el artículo 324, Capítulo 55 de la Ley de Apropiaciones vigentes, destínase la cantidad de setecientos pesos ($ 700) para contribuir a los gastos que haga la Universidad Ncional en atender a la Delegación de universitarios peruanos que ha visitado a Bogotá enel presente mes. La expresa suma se girará al señor Sindico de la Universidad Nacional, quien rendirá cuentas de su inversión al señor Auditor Fiscal de la Contraloría.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, a 11 de agosto de 1937.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Educación Nacional,

José Joaquín CASTRO M.

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