Por el cual se adscribe el ramo de Beneficencia al Ministerio de Instrucción Pública

Rango Decreto
Publicación 1914-12-30
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de la facultad que le confiere el artículo 132 de la Constitución Nacional,

DECRETA:

Artículo único. Adscríbese, desde el 1.°. de enero de 1915, el ramo de Beneficencia al Ministerio de Instrucción Pública.

Por el Ministerio respectivo se harán las traslaciones necesarias en el Presupuesto.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 23 de diciembre de 1914.

JOSE VICENTE CONCHA

El Ministro de Gobierno, MIGUEL ABADIA MENDEZ

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